La semana del 24 al 28 de enero de 2011, la Escuela Oficial de Idiomas de Madrid “Goya” organizó un ciclo de cine y conferencias titulado “Revoluciones Contemporáneas”. Aunque en principio estaba pensado para los alumnos de la Escuela, las conferencias estuvieron abiertas al público en general. A continuación resumimos una de ellas titulada “We the people, tres siglos después. Las revoluciones liberales” a cargo del Profesor Doctor José María Peredo Pombo, que por su interés consideramos tiene cabida en este espacio:
El Profesor destacó la importancia del liberalismo como elemento de ruptura con los valores del Antiguo Régimen. A raíz de ello realizó una distinción entre revoluciones liberales y revoluciones contemporáneas teniendo las primeras un sentido más amplio en el tiempo. Dicha ruptura conlleva un cambio tanto social como institucional que explicó a través del análisis de tres películas que reflejan distintas revoluciones liberales:
En primer lugar Cromwell (1970), que narra la más antigua de las revoluciones presentadas. En ella se muestra el régimen político absolutista en la figura de Carlos I de Inglaterra, rey convencido del carácter divino de su labor que en la película aparece como una víctima del proceso llevado a cabo por Cromwell y sus seguidores. Por su parte, Cromwell se muestra como un fundamentalista religioso y se obvia la importancia que sus acciones políticas tuvieron para el devenir del sistema político inglés. Poco a poco la soberanía del monarca será reducida por el Parlamento hasta que, finalmente, la situación desembocará en una guerra civil con un marcado trasfondo religioso.
A continuación El Patriota (2000), hace referencia a la revolución Norteamericana que cuestiona la legitimidad del poder. Las razones de la ilegitimidad se fundamentan en el pensamiento de John Locke según el cual para que un gobernante pueda exigirle algo al pueblo, éste debe estar representado previamente en sus instituciones. Ello sumado a las constantes subidas de impuestos derivó en un conflicto armado de tipo independentista. Tras la contienda se inició un largo proceso donde las colonias se unieron en una confederación sin una constitución inmediata y sin instituciones permanentes de gobierno. Después de esto las colonias redactaron su constitución y se unieron en la federación de estados actual.
Por último La pimpinela escarlata (1935), representa la Revolución francesa, la más reciente de las tres y, sin embargo, la que más repercusión ha tenido para Europa, por las consecuencias que de ella derivaron. Al igual que las anteriores esta revolución supone una ruptura con la soberanía monárquica y las instituciones del momento. Pero en este caso se trata de un cambio mucho más rápido y radical quizá debido al tremendo retraso con respecto a las revoluciones anglosajonas y por la enorme base intelectual sobre la que estaba sustentada. La película muestra el espíritu revolucionario de las distintas facciones políticas (jacobinos, girondinos, monárquicos y realistas). La Revolución francesa inició un proceso a lo largo de Europa que ocupó la mayor parte del siglo XIX.
Finalmente José María Peredo Pombo aludió al elemento común de todas estas revoluciones liberales que es la reivindicación de la soberanía por parte del pueblo. Esto contrasta con que, en la mayoría de los casos, el peso ideológico de estos movimientos estuviera en manos de la burguesía (por lo que también son conocidas como revoluciones burguesas). El resultado final no siempre se corresponde con los principios inspiradores de estos movimientos. Para concluir leyó un fragmento de la obra de John Stuart Mill “Sobre la libertad”:
“Mill expresa que la libertad humana comprende: En primer lugar, el dominio entero de la conciencia, que exige la libertad de pensamiento, de sentimiento, de expresión y de publicación; en segundo lugar, exige libertad de nuestros gustos y libertad para trazar nuestros propios fines, esto es, la libertad de acción, y en tercer lugar, exige la libertad de asociación y de reunión, en este sentido Mill afirma que: no es libre ninguna sociedad, cualquiera que sea su forma de gobierno, en la cual estas libertades no estén respetadas en su totalidad; y ninguna es libre por completo si no están en ella absoluta y plenamente garantizadas.”
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