El día 18 de mayo de
2012, en el Auditorio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se
desarrolló la segunda edición del Congreso Internacional de Propiedad Intelectual que, en esta ocasión, tuvo como tema monográfico
«la compensación equitativa por copia privada en España y en la Unión Europea.
Nueva regulación y perspectivas de armonización».
Presentación del Congreso
La jornada comenzó con
una inauguración institucional en la que José Canal Muñoz (Secretario General Técnico del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte) hizo un breve recorrido por la posibilidad de
establecer excepciones a los derechos de autor establecidas ya en el Convenio
de Berna y su ya conocida doctrina de los tres pasos, para llegar a la
configuración de la actual copia privada en la Unión Europea y, concretamente
en España. Y precisamente se refirió a que, debido a la litigiosidad que ha
acompañado la regulación de esta excepción en nuestro país, ha sido necesario
reconfigurar el sistema. Este sistema de compensación deja de estar basado en
los cánones impuestos hasta finales de 2011 y pasa a depender de una aportación a cargo de los
presupuestos generales del Estado.
Por su parte el Decano de
la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, Fernándo Molina Fernández, se refirió a la
propiedad intelectual como uno de los pocos temas que, formando parte del
núcleo duro del derecho, han calado en la opinión pública, quizá porque la
sociedad está directamente implicada en el tema. Además indicó que, pese a la
dificultad inherente a los problemas jurídicos, la mayor parte de ellos acaba teniendo una solución
satisfactoria a lo largo del tiempo y se acaba produciendo una homogeneización
a nivel internacional. En este caso aún se están buscando soluciones.
Primera mesa
Esta mesa, presidida por
Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano (Catedrático de Derecho Civil-UAM) estuvo
centrada en la nueva regulación de la compensación equitativa por copia privada
en España.
Carlos Guervós (Subdirector de Propiedad Intelectual-Ministeriode Educación, Cultura y Deporte) centró su exposición en «el régimen de compensación mediante previsión en
los Presupuestos Generales del Estado». En este sentido comenzó su intervención
refiriéndose a la Directiva 2001/29 que permite a los estados miembros reconocer el derecho
de que los usuarios realicen copias privadas sin autorización siempre que se
realice una compensación equitativa. Habló de la dificultad de calcular esta
compensación y del importe de la misma (en general inferior a 2 euros por habitante).
Finalmente se identificó algunas de las bondades del nuevo sistema instaurado.
Por ejemplo, el nuevo sistema vincula el pago de la compensación a los
presupuestos generales del Estado y, por tanto, está relacionado con los principios
del sistema tributario, basado en la distribución equitativa de la carga
tributaria.
Segunda mesa (Presidida
por Ignacio Garrote)
Paul Torremans (Profesor
de Propiedad Intelectual-Universidad de Nottingham) describió el caso de los
países anglosajones en lo que se refiere a la excepción por copia privada en
una intervención titulada: «Compensación equitativa y mercado interior. El caso
de los países anglosajones». El caso de los países anglosajones con un Derecho
basado en el sistema del common law en contraposición con el Derecho
continental, es sustancialmente diferente debido a que, en general, no existen
excepciones incluidas en la legislación. En Estados Unidos existe una excepción
a la copia de materiales audiovisuales analógicos, pero este no es el caso del
Reino Unido (que no incluye la excepción de copia privada). No obstante el
ponente realizó una reflexión de las implicaciones de la inexistencia de esta
excepción en estos países y mostró algunos de los problemas asociados junto con
algunas soluciones posibles.
Tercera mesa (Presidida
por Ignacio Garrote)
Por último, Frank Gotzen
(Catedrático de Derecho Civil-Universidad de Lovaina) explicó «posibles
alternativas al sistema de compensación equitativa en el entorno digital» y
resaltó como mejor iniciativa la necesidad de armonizar las legislaciones de
los distintos países. En este sentido se refirió a la enorme y difícil responsabilidad
de las instituciones europeas para lograr dicha armonización.
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