miércoles, 8 de mayo de 2013

La reforma de la Ley de propiedad intelectual y regulación de la remuneración a los autores por el uso de sus obras

Logotipo DENAEEl pasado 22 de abril el Blog Derecho y Cultura publicó una reseña acerca del «Debate sobre la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual» en la que Iban Diez exponía los aspectos discutidos por la Asociación Española de Derecho del Entretenimiento – DENAE en orden al anteproyecto. Lo cierto es que el tema es complejo y afecta prácticamente a todos los sectores culturales del Estado. Algunos expertos llegan incluso a cuestionar que los modelos de negocio basados en la tecnología cloud computing, tan habituales en el ámbito universitario estadounidense y cada vez más en el ámbito español, queden en entredicho. Pero tal vez, lo más preocupante sea que desde todos los colectivos se critique la precipitación del anteproyecto y la falta de una reflexión profunda sobre algunos de los temas más controvertidos como la copia privada.

Como decíamos pocos sectores se escapan al anteproyecto, así por ejemplo, ya ha trascendido la noticia de que el Gobierno considera la posibilidad de preparar un canon para que la universidades españolas paguen por el uso de los campus virtuales pues en ellos se incorporan extractos, capítulos de libros o artículos. En cualquier caso, como venimos diciendo desde el Blog Derecho y Cultura, el tema no es baladí y requiere que todos los profesionales de la información analicen y comprendan el alcance y la repercusión que en nuestro sector tiene la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. 

Archivo General de SimancasEn el ámbito concreto de la remuneración a los autores con la publicación del borrador del «Real Decreto por el que se regula la remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en determinados establecimientos accesibles al público» se contempla la modificación de la regulación del pago a las entidades de gestión de derechos de modo que pasan a ser las instituciones culturales de titularidad pública o pertenecientes a entidades sin ánimo de lucro las que asumen el pago para remunerar a los autores en el préstamo de obras protegidas por derechos de autor. Desde este Blog no cuestionamos en ningún caso el que los autores perciban una remuneración por el préstamo de sus obras pues la labor investigadora y de creación artística requiere de un esfuerzo y de un trabajo que debe ser compensado en el caso de los préstamos en bibliotecas, hemerotecas, fonotecas, archivos, etc., pero sí que nos preocupa que este pago se efectúe desde los presupuestos, cada vez más exiguos, de estas instituciones.

2 comentarios:

  1. Que se reconozca a cada uno la autoria de sus creaciones es lo suyo, por si aclara algo: parece que en el momento actual, el Gobierno Aleman no acepta la pretensión de los editores de querer ser autores de la noticia. Sin embargo, dada la fuerte presión ejercida por algunos editores el Gobierno Aleman busca una solución al conflicto y está estudiando un proyecto de ley
    http://dipbt.bundestag.de/dip21/btd/17/114/1711470.pdf
    sobre un "nuevo derecho de propiedad intelectual para los editores" ...Esta postura se ha generalizado en Europa ya que ningún país encuentra en la pretension de los editores una base que justifique su autoria sobre la noticia. Segun informan los medios, los socialdemocratas , el partido pirata y algunos diputados pertenecientes a los grupos gubernamentales están abiertamente en contra de su aprobación.

    El prestgioso Instituto Max Planck de Propiedad Intelectual, Competencia y Tributario alemán
    http://www.ip.mpg.de/en/pub/news/about_us.cfm
    advierte en un informe de las consecuencias imprevisibles de la creacion de un nuevo derecho de propiedad intelectual para los editores de prensa.
    El informe

    http://www.ip.mpg.de/files/pdf2/Stellungnahme_zum_Leistungsschutzrecht_fuer_Verleger.pdf
    considera absurdo y contraproducente que se pueda prohibir, limitar o perseguir, al amparo de un nuevo derecho de propiedad intelectual para los editores de prensa, más absurdo todavía, la publicación de breves fragmentos de los contenidos de los periódicos, como los que pueden aparecer en un snippet.carmen santos arrarte. documentacion de medios s.a.

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    1. Excelente comentario por parte de Carmen Santos Arrarte. Ofrece información muy interesante acerca sobre este derecho «colectivo» de propiedad intelectual para los editores.

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