Asociación Española de Derecho del Entretenimiento – DENAE
El pasado 15 de abril, la Asociación Española de Derecho del Entretenimiento – DENAE celebró en el Salón de Actos del Consejo General de la Abogacía Española, una jornada monográfica sobre los aspectos más importantes de la propuesta de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que está en trámite de consulta pública, centrándose la discusión en tres aspectos: la revisión del concepto de copia privada, el reforzamiento del control sobre las Entidades de Gestión y la protección de la propiedad intelectual en el entorno digital. Además de la colaboración del Consejo General de la Abogacía Española, el evento contó con el apoyo del Instituto del Cine de Madrid.
El foro DENAE fue presentado por Francisco Muro, director de Comunicación y Marketing del Consejo General de la Abogacía Española.
En la primera mesa de discusión, moderada por Sebastián López Maza, Profesor del Área de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid, se reflexionó sobre la revisión propuesta de la actual regulación del límite por copia privada. Los dos ponentes de este primer debate, Antonio López, Socio Director de LAWIC Abogados, y Nerea Sanjuán, Senior Legal Counsel en ONO, coincidieron en la excesiva restricción que el Anteproyecto impone sobre el límite por copia privada. En el caso de la abogada de ONO, cuestionó la propuesta al señalar que pudieran ser considerados ilícitos algunos actos de reproducción de video bajo demanda y que los modelos de negocio que aprovechan el los servicios de cloud computing pudieran quedar en entredicho.
Por otro lado, Antonio Lopez criticó duramente la urgencia en el proceso seguido por el Gobierno en la modificación legislativa sobre esta materia, cuestionando el sistema propuesto de compensación equitativa a través de Presupuestos Generales del Estado. Tanto Nerea San Juan como su compañero de mesa explicaron que la reforma emprendida sobre la copia privada no tiene acomodo en la jurisprudencia comunitaria (caso Padawan) o en el resto de documentos o recomendaciones como el Informe Vitorino. Asimismo, ambos ponentes coincidieron en que el Anteproyecto no responde a una reflexión profunda y sosegada en torno a la figura de la copia privada y su reflejo económico a través de la compensación equitativa.
La segunda mesa de debate, moderada por Juan José Marín, Director del Área de Propiedad Intelectual de Gómez Acebo & Pombo y Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Castilla la Mancha, trató la modificación de los mecanismos de control de las Entidades de Gestión Colectiva de derechos de propiedad intelectual. José Antonio Suárez, Socio de Suárez de la Dehesa Abogados, defendió la tendencia al monopolio de las Entidades por una cuestión de eficiencia, y dudó de los resultados de promover la competencia entre las Sociedades de Gestión puesto que incrementaría los costes de gestión y no reduciría las tarifas exigidas por los titulares de derechos. Asimismo, Suarez Lozano dudó de la conveniencia de la gestión de ventanilla única que se intuye en el Anteproyecto y critico la intervención administrativa propuesta por la reforma apuntando su posible incompatibilidad con la legislación sobre Asociaciones.
Por su parte, Agustín González, Socio de Uría Menéndez Abogados, sí consideró positivo que se aborde la gestión de ventanilla única con una finalidad de eficiencia. Asimismo, González explicó que la mejora de la transparencia será un gran avance en la ley ya que es mejor que este tipo de principios u obligaciones se encuentren recogidos en una norma y no en estatutos internos fácilmente modificables. El socio de Uría Menéndez Abogados requirió que se aclarase en la ley que la fijación de tarifas es un derecho de las Entidades de Gestión, especificando si tal derecho se extiende a los derechos de gestión colectiva obligatoria. A pesar de las discrepancias, ambos ponentes estuvieron de acuerdo en criticar la precipitación de esta reforma y reclamaron una reflexión profunda para el sistema de gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual.
La última mesa debate moderada por Andy Ramos, Director del Departamento de Propiedad Intelectual, Industrial y Nuevas Tecnologías de Bardaji & Honrado Abogados, trató las propuestas del Anteproyecto para mejorar la protección de la propiedad intelectual en el ámbito de las nuevas tecnologías. Tomás González, Abogado de Jiménez de Parga Abogados, explicó que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual no ha sido eficaz, entre otras razones, por su composición interministerial y por la ausencia de un esfuerzo político para hacerla funcionar. A este respecto, puso como ejemplo que medidas muy similares contempladas en la reciente Ley del Juego para el bloqueo de sitios web no autorizados habían funcionado muy bien, a diferencia de lo que ocurre con la Sección Segunda de la Comisión.
Como reflexión final, trasladó la conveniencia de que el legislador dotase los perjudicados por los actos de piratería de herramientas eficaces para que puedan actuar en el ámbito de los procedimientos civiles, lo que permitiría evitar el uso del procedimiento administrativo costoso que hasta la fecha y, salvo que se produzcan sustanciales mejoras, parece que lamentablemente no vaya a dar excesivos frutos.
Ricardo Gómez Cabaleiro, Socio Director de Lehmann & Cabaleiro Abogados, criticó diversos aspectos del Anteproyecto relacionados con la lucha contra la piratería como, por ejemplo, los criterios para determinar la existencia de infracción en el procedimiento de la Sección Segunda de la CPI o, en el mismo ámbito, el carácter subsidiario de los seguidos frente a proveedores de enlaces, respecto a los que se exige una cascada de elementos que, según augura, se convertirán en indeseables vías de escape para la mayoría de los infractores. También cuestionó, por el modo en que vienen expuestas en el Anteproyecto, la dudosa efectividad de las medidas dirigidas al corte de las vías de financiación de los infractores. En lo que se refiere a las modificaciones de la LEC, señaló algunas deficiencias técnicas de la redacción empleada por el prelegislador, y expresó su desacuerdo con la exigencia de relación económica entre el infractor y el requerido. Finalmente, ambos ponentes coincidieron en que los requisitos exigidos por el Anteproyecto para actuar contra los enlazadores harían inviable, de mantenerse la redacción propuesta, prácticamente cualquier acción contra éstos.
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