martes, 15 de mayo de 2012

La nueva jurisprudencia del TJUE sobre el derecho de comunicación pública (II)

El 9 de mayo de 2012 tuvo lugar en la Residencia de Estudiantes un debate en torno a dos de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea relacionadas con la comunicación al público de fonogramas mediante aparatos de radio y televisión.

Rodrigo Bercovitz
Rodrigo Bercovitz
El debate estuvo presidido por Rodrigo Bercovitz, catedrático de Derecho Civil y director del Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y Nuevas Tecnologías contó con la intervención de Carlos López, director de los servicios jurídicos de la Sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España (AIE) y de Raquel Xalabarder, Catedrática de Propiedad Intelectual de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).


Raquel Xalabarder
Raquel Xalabarder
Los dos ponentes ofrecieron su visión sobre las sentencias a que nos referíamos: en la sentencia al asunto C-135/10 se dirimía si un dentista debía realizar una compensación a la Società Consortile Fonografici (SCF) italiana por la comunicación al público de fonogramas en el marco de emisiones radiofónicas recibidas en la sala de espera de su consulta. Por otra parte, en el asunto C-162/10 la sociedad de gestión de derechos audiovisuales de Irlanda (Phonographic Performance)demandó al Gobierno de Irlanda puesto que en la ley irlandesa de derechos de autor (Ley de 2000 sobre derechos de autor y derechos afines) no consideraba comunicación pública a escucha o visualización de una grabación sonora, emisión o programa por cable, siempre que se escuche o visualice en la parte de las instalaciones donde se ofrece pernoctación a los huéspedes o internos, y como parte de los servicios complementarios ofrecidos exclusiva o principalmente a los huéspedes o internos. Esto parecía ir en contra de la directiva 2006/115/CE sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual.

Carlos López
Carlos López
La resolución de estos dos asuntos es susceptible de controversia pues, ante dos asuntos que podrían considerarse relacionados, se ofrecen resoluciones distintas: por un lado la sentencia al asunto C-135/10 ofrece una interpretación al concepto de «comunicación al público» que, a efectos del artículo 8, apartado 2, de la Directiva 2006/115/CE, debe interpretarse en el sentido de que no incluye la difusión gratuita de fonogramas en una consulta odontológica, en el marco del ejercicio de una profesión liberal, a favor de los pacientes, que disfrutan de ella independientemente de su voluntad. Por tanto, tal difusión no confiere a los productores de fonogramas el derecho a percibir una remuneración.

Por otra parte, la sentencia al asunto C-162/10 concluye que el establecimiento hotelero que proporcione en las habitaciones de sus clientes aparatos de televisión o de radio a los que distribuye una señal radiodifundida es un «usuario» que lleva a cabo una «comunicación al público» de un fonograma radiodifundido en el sentido del artículo 8, apartado 2, de la Directiva 2006/115/CE. El establecimiento hotelero que proporcione en las habitaciones de sus clientes aparatos de televisión o de radio a los que distribuye una señal radiodifundida está obligado a abonar una remuneración equitativa por la difusión de un fonograma radiodifundido, además de la abonada por el radiodifusor.

En el debate se analizó el concepto de comunicación pública y se destacó que las sentencias, a partir de los mismos criterios, han llegado a resultados diferentes. De hecho, a tenor de estas sentencias podría interpretarse que la obligación de abonar una remuneración está relacionada con el lucro del responsable de la emisión cuando, sin embargo, este no es el criterio de la Directiva 2006/115/CE. Este hecho puede provocar que los tribunales sean los encargados de determinar cuál es el criterio a seguir en cada caso concreto al haber aplicado una excepción en el caso del dentista.

Sin duda, será necesario continuar al tanto de las próximas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para conocer la doctrina que, a la larga, acaba prevaleciendo.

martes, 1 de mayo de 2012

Día de los trabajadores

Aunque la mayoría de los países celebran el 1 de mayo el Día del Trabajo, no se trata de una fecha unánime y hay países que han asignado otros días para conmemorar lo que al fin y al cabo son los derechos de todos los trabajadores. Se han conseguido muchos avances en materia laboral desde 1886 sin embargo, hoy más que nunca es necesario reivindicar los derechos de los trabajadores debido a los recortes que desde que comenzó la crisis se están produciendo en el orden social, y además, en un país en el que las cifras de desempleo se sitúan en torno al 25% de la población activa.

Hemos citado 1886 porque el primero de mayo de este año es el día que ha decidió conmemorarse con esta festividad. 1886 coincide con una escalada en la intensidad en las reivindicaciones de los trabajadores en Estados Unidos por una jornada laboral de 8 horas, y que desembocó en una huelga general que provocó que más de cinco mil fábricas se paralizaran y cerca de 300000 trabajadores salieran a la calle para protestar por las condiciones laborales existentes hasta el momento. Hasta entonces los logros de los trabajadores y las concesiones del gobierno habían sido muy tímidas: la Ley Ingersoll promulgada en 1868 simplemente reconocía la jornada laboral de 8 horas para los empleados de las oficinas federales y para quienes trabajaban en obras públicas, dejando al resto de trabajadores desamparados y a expensas de lo que cada patrono decidiera establecer como jornada laboral. A lo largo de 1886 arrancaron en numerosas ciudades estadounidenses manifestaciones multitudinarias, sin embargo fue en Chicago donde el movimiento tomó un giro más violento que culminó con la muerte de 6 personas y decenas de heridos por la represión policial.

El cine desde bien temprano se ha hecho eco de las reivindicaciones de los trabajadores y así podemos verlo en «Tiempos modernos» (1936) de Charles Chaplin, con una crítica a los nuevos modelos productivos que no se detienen en las condiciones de los trabajadores y tampoco atienden a las situaciones que provocan la eliminación del medio de subsistencia de numerosos manufactureros. Desde este blog animamos a ver esta película que se encuentra disponible en la Biblioteca de Derecho de la UAM.

Tiempos modernos Charles Chaplin

miércoles, 25 de abril de 2012

La nueva jurisprudencia del TJUE sobre el derecho de comunicación pública

El próximo 9 de mayo de 2012 tendrá lugar una nueva Residencia de Estudiantesconferencia organizada por el Máster en Propiedad Intelectual, Industrial y Nuevas Tecnologías. En esta ocasión el tema central será la «la nueva jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el derecho de comunicación pública». Como viene siendo habitual el acto tendrá lugar en la Residencia de Estudiantes a las 19:30 y será presidido por Rodrigo Bercovitz, director del Máster.

Contará con la participación de Carlos López, director de los servicios jurídicos de la Sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España (AIE) y de Raquel Xalabarder, Catedrática de Propiedad Intelectual de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).

martes, 17 de abril de 2012

Bicentenario del Tribunal Supremo

El pasado 19 de marzo celebrábamos en este Blog el bicentenario de la Constitución de 1812 y señalábamos lo avanzado de las novedades del texto en comparación con la época en la que se promulgó. Pero, como toda constitución, la de Cádiz creó unas estructuras básicas del Estado, algunas de las cuales aún perviven hoy. En el artículo 259 de la Constitución de 1812 se expone:

«Habrá en la Corte un Tribunal, que se llamará Supremo Tribunal de Justicia.»
Por su parte, el artículo 261 adelantaba sus funciones, entre las que se encontraba la de juzgar a los Secretarios de Estado y del Despacho cuando las Cortes decretaren haber lugar a la formación de la causa.

Tribunal Supremo
Era la primera vez que en nuestro país se constituía un Tribunal que aglutinaba «todas las ramificaciones de la potestad judicial» tal y como indica el apartado XVL del informe elaborado por la Comisión encargada de preparar el proyecto de la Constitución de 1812. No obstante, la historia del Tribunal Supremo fue convulsa desde su concepción teórica en las Cortes de Cádiz hasta que finalmente se instituyó de forma definitiva en 1834, debido fundamentalmente a la vuelta a una monarquía absolutista durante el reinado de Fernando VII. (Para más información sobre la historia del Tribunal recomendamos visitar la página del Consejo General del Poder Judicial: «Historia del Tribunal Supremo»).

Actualmente el Tribunal Supremo es el tribunal superior en todos los órdenes (civil, penal, contencioso-administrativo y social), tiene jurisdicción en toda España y es el máximo responsable de la unidad de interpretación de la jurisprudencia en España (Consejo General del Poder Judicial: «Qué es el Tribunal Supremo»).

Salón de plenos Tribunal SupremoTiene su sede actual en Madrid en el conocido como «Palacio de Justicia» y que fue concebido como un palacio-convento regentado por la «Orden de la Visitación de la Bienaventurada Virgen María», la rama femenina de la orden de San Francisco de Sales. Finalizado en 1758, no será hasta 1869 cuando se dedique a palacio de justicia y, sede que ha ocupado desde entonces aunque con interrupciones en 1915 cuando quedó totalmente destruido por un incendio, y durante la Guerra Civil, cuando fue trasladado primero a Valencia y después a Barcelona.

Los actos de celebración del segundo centenario tuvieron lugar del 11 al 14 de abril y se hicieron coincidir con las jornadas de puertas abiertas que anualmente organiza la institución. No obstante, aunque estas jornadas ya han pasado, nos gustaría animar a visitar el Palacio de Justicia pues se puede solicitar una visita guiada en cualquier momento del año previa petición. Las visitas incluyen un recorrido por las salas del Tribunal y por su exposición permanente. En palabras del actual Presidente del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, nosotros también esperamos que «[…] al ver las maravillas que aquí existen puedan ver con ojos interiores el símbolo que representa. Representa un poder del Estado, el poder judicial, un poder que es la garantía de todo el Estado de Derecho y base de nuestra constitución […]» (Tribunal Supremo del Reino de España: el Palacio de la Justicia; DVD editado por el Tribunal Supremo en conmemoración del segundo centenario de la institución).


miércoles, 11 de abril de 2012

II Congreso Internacional de Propiedad Intelectual

Tras el éxito del I Congreso Internacional de Propiedad Intelectual celebrado el pasado 9 y 10 de junio de 2011, este año el Máster en Propiedad Intelectual de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) en colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de la propia UAM, organizan una nueva edición del Congreso bajo el título: «La compensación equitativa por copia privada en España y en la Unión Europea. Nueva regulación y perspectivas de armonización».

El evento que tendrá lugar el día 18 de mayo de 2012 en el auditorio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (C/ San Marcos, 40, Madrid) congregará a algunos de los especialistas más importantes en la materia: Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano (Catedrático de Derecho Civil, UAM); Pilar Cámara Águila (Profesora Titular de Derecho Civil, UAM); Antoine Latreille (Catedrático de Derecho Privado, Universidad Paris-Sud 11); Ignacio Garrote Fernández-Díez (Profesor Titular de Derecho Civil, UAM); Silke V. Lewinski (Head of Department-International Law, Max Planck Institut-Munich); Paul Torremans (Professor of Intellectual Property Law, Universidad de Nottingham); Antoon Quaedvlieg (Catedrático de Derecho Comercial y Económico, Universidad de Nimega); María Martín Prat (Directora de la Unidad de Derecho de Autor, Dirección de Mercado Interior de la Comisión Europea); y Frank Gotzen (Catedrático de Derecho Civil. Director del Centre for Intellectual Property Rights, Universidad de Lovaina).

Este congreso cuyo programa girará, como hemos anunciado, en torno al sistema de compensación por copia privada, es de matrícula gratuita para alumnos (y antiguos alumnos) del Máster de Propiedad Intelectual UAM, alumnos de licenciatura o grado de universidades públicas españolas y profesores de plantilla de universidades públicas españolas. Para confirmar la asistencia es necesario enviar el formulario de inscripción a la coordinadora del evento, Gemma Minero Alejandre (Profesora Ayudante de Derecho Civil, UAM) a la dirección de correo electrónico: gemma.minero@uam.es.

Animamos a los lectores de este Blog a acudir a este acto en el que se tratarán temas de la más candente actualidad de la Propiedad Intelectual.